Turismo aclara que solo se prohibirá alquilar habitaciones en pisos particulares

Los inspectores actuarán por "intrusismo" contra quien ofrezca viviendas turísticas sin serlo.

Los alquileres de apartamentos y pisos particulares en zonas de veraneo seguirán siendo legales, siempre que entre el dueño y el arrendatario medie un contrato privado. La Dirección Xeral de Turismo aclaró ayer que la "prohibición al alojamiento en viviendas particulares" a la que se refiere el nuevo decreto de ordenación de apartamentos y viviendas turísticas afecta tan solo a quienes alquilen "una o más habitaciones" de su vivienda habitual en periodos vacacionales. "Eso está prohibido al igual que lo está que una vivienda turística se alquile a personas diferentes o por partes porque el decreto dice que el arrendamiento de estos inmuebles tiene que ser entero y con un solo contrato", explica María Antón, subdirectora de Ordenación, Inspección e Planificación Turística.

El decreto no afectará, por tanto, a los tradicionales alquileres estivales, amparados por el derecho civil, aunque Antón matiza que si se publicitan como vivienda turística sin serlo, los inspectores "actuarían por intrusismo". Solo si el inmueble se destina de forma habitual a usos turísticos y reúne "los requisitos de edificación y equipamiento" que fija el decreto podrá inscribirse como vivienda turística, accediendo a las mismas promociones y ayudas que el sector pero también con sus obligaciones.

Fuente: http://www.laopinioncoruna.es

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